21 de octubre de 2016

Cuba: Crónicas del bloqueo: hechos, no palabras

Por Laura V. Mor


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Por más esfuerzo que se haga, es difícil desde el exterior saber a ciencia cierta cuanto perjudica al pueblo cubano el bloqueo económico, comercial y financiero que las sucesivas administraciones de Estados Unidos imponen a Cuba. No es que no queramos entenderlo en su complejidad, simplemente no lo hemos experimentado en su profundidad hasta que…vivimos en Cuba.

El 17 de diciembre de 2014 el Presidente Barack Obama anunció que pondría fin a la política de hostigamiento desarrollada hace más de 50 años contra Cuba dada su ineficacia en cuanto a los resultados esperados. A su vez, el Presidente Raúl Castro anunció que Cuba buscaría solucionar las diferencias históricas con Estados Unidos pero que no se debía pretender que “para ello Cuba tenga que renunciar a sus ideales de independencia y justicia social ni claudicar en uno solo de (nuestros) principios, ni ceder un milímetro en la defensa de la soberanía nacional”[1].


Estados Unidos el 29 de mayo de 2015 removió a Cuba del listado de países patrocinadores del terrorismo -que aunque no representa un alivio en lo que al bloqueo respecta pues la mayoría de las leyes y regulaciones que le dan fundamento fueron emitidas con anterioridad a 1982 (año en que Cuba fue incluida en esa lista), constituyó un acto de justicia histórica para con el Pueblo cubano-, se reabrieron Embajadas en ambos países y Obama alivió ciertas restricciones de viajes hacia la isla; pero el bloqueo -que constituye el principal impedimento para el desarrollo integral de Cuba al generar pérdidas totales en 55 años de 125 mil 873 millones de dólares[2]- continúa al orden del día.


La Ley Helms-Burton -firmada el 12 de marzo de 1996 bajo la administración Clinton- codificó como ley al ya existente bloqueo económico, comercial y financiero y lo extendió hacia compañías extranjeras que intenten comerciar con Cuba, sentando las bases legales de la extraterritorialidad del bloqueo. Esto implica que lo que antes era prerrogativa del Presidente, quedó legislado y por tanto, es el propio Congreso quien deberá proclamar su fin; pero no implica que el Presidente no posea facultades ejecutivas para dejar sin efecto muchas de las restricciones que le dan sustento -facultades preservadas por esta misma Ley Helms-Burton-, y de esta manera minimizar el impacto que recae sobre el Pueblo cubano, tal como el mismo Obama ha afirmado en su paso por el país.


Existen cuatro aspectos del bloqueo sobre los que un Presidente de Estados Unidos no tiene prerrogativas de acción: la prohibición a subsidiarias de Estados Unidos en terceros países a comerciar bienes con Cuba (legislado por la Ley Torricelli); la prohibición de realizar transacciones con propiedades norteamericanas que fueron nacionalizadas en Cuba (acorde a lo dictaminado por la Ley Helms-Burton); el impedimento a ciudadanos estadounidenses a viajar a Cuba con fines turísticos (en concordancia con la Ley de Reforma de las Sanciones Comerciales y Ampliación de las Exportaciones sancionada en el año 2000); y la obligación de pagar en efectivo y por adelantado por compras de productos agrícolas por parte de Cuba a Estados Unidos (según lo estipulado en la Ley de Reforma de las Sanciones Comerciales y Ampliación de las Exportaciones del año 2000). Aún sin tener campo de acción sobre estos aspectos, Obama puede hacer uso de ciertas facultades administrativas para modificar el bloqueo sustancialmente y vaciarlo de contenido, si en verdad estuviese en sus intenciones no solo discursivas. Permitir a Cuba realizar transacciones comerciales a través de bancos estadounidenses, autorizar el transporte de pasajeros y carga y la exportación desde terceros países sin la limitación de que contengan hasta un 10% de materia prima estadounidense, son algunas de esas prerrogativas que si bien no eliminan el problema, darían a Cuba un gran respiro. En vez de hacer uso de estas prerrogativas, alegando intereses de política exterior, Obama -siguiendo los intereses geopolíticos del país que gobierna- renovó la Ley de Comercio con el Enemigo que establece la posibilidad de aplicar sanciones económicas en tiempo de guerra o en cualquier otro período de emergencia nacional y que es el instrumento jurídico que da fundamento a la existencia del bloqueo.


“El bloqueo daña al pueblo de Cuba, daña el funcionamiento de la economía, las relaciones con terceros países e incluso las que pudiéramos tener con los Estados Unidos” afirmó Josefina Vidal, Directora General de la Dirección de Estados Unidos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, en su intercambio con jóvenes en la Universidad de La Habana el pasado lunes 17 de octubre, donde se creó un gran “Avispero contra el bloqueo”, en el que participaron miles de jóvenes universitarios y preuniversitarios en distintas actividades culturales y políticas, poniendo en evidencia las razones que tiene el pueblo cubano para una vez más decir #YoVotoVsBloqueo.


“En tres meses el Presidente Obama va a concluir su mandato pero el bloqueo se queda”
, sostuvo Vidal, y es una triste realidad, evidencia de que lo importante en política es aquello que se hace, y no solamente lo que públicamente se enuncia.


El bloqueo daña profundamente y no es una mera afirmación categórica. Si pensamos que el 78% de los cubanos ha nacido bajo la vigencia del bloqueo, y que su existencia afecta a todos los sectores de la economía del país, quizás entendamos un poco más a lo que se enfrenta el pueblo cubano día tras día y la necesidad imperiosa de que las palabras se conviertan en hechos.

[1] Fragmento del discurso del Presidente del Consejo de Estado y de Ministros Raúl Castro Ruz en Cumbre de CELAC, Costa Rica 2016.

[2] Según Informe de Cuba sobre la Resolución 70/5 de la Asamblea General de las Naciones Unidas “Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”, Junio 2016.

Fuente:
Resumen Latinoamericano

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